Crisis matrimonial

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El Supremo obliga al dueño de una empresa a pagar una pensión compensatoria a su exmujer si la despide

El Tribunal Supremo ha resuelto el recurso de casación interpuesto por un empresario que se oponía a la pensión compensatoria por divorcio. El Supremo aconfirma la sentencia del tribunal anterior y establece una pensión de 500 euros que se elevaría a 1.900 en caso de que el hombre despidiese a su exmujer, que trabaja en la empresa que él dirige.

Separación o divorcio solicitados de mutuo acuerdo o por uno de los cónyuges con el consentimiento del otro: causas, requisitos e iter procedimental

22 de junio de 2006 Artículos doctrinales

Con fecha ocho de enero del 2.001 entró en vigor la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, Ley 1/2000 de 7 de enero (en adelante LEC), en la que se regula dentro del Libro IV dedicado a los procesos especiales, los procesos matrimoniales en el Capitulo IV del título I, del artículo 769 al 778. Con la entrada en escena de dicha Ley se acabo con la dispersión normativa que existía para la tramitación de los procesos sobre las crisis matrimoniales, evitando que el operador jurídico tenga que acudir a tres cuerpos legales, la Ley 30/1.981, la antigua Lec de 1.881 y el Código Civil.

Justiapps selecciona las 10 apps finalistas de su concurso de ideas para mejorar la calidad de la Justicia

16 de julio de 2015 El sector legal

Entre otras las ideas finalistas proponen herramientas de gestión del turno de oficio, otra para informar a las personas con discapacidad sobre las leyes vigentes; crowdfunding para acciones colectivas; otra para conocer todas las subastas judiciales que se organizan pudiendo pujar en ellas; otra que permite que los progenitores en situación de crisis matrimonial gestionar el régimen de visitas y vacaciones con sus hijos comunes; otra para fomentar el conocimiento del Derecho aplicable y la jurisdicción asociada al régimen de inmigrantes; otra para permitir a los ciudadanos profundizar en el ejercicio de sus derechos y otra sobre la mediación intrajudicial.

Validez del pacto prematrimonial que establece una renta vitalicia mensual a favor de uno de los cónyuges en caso de separación

La Sala Primera del TS ha dictado una sentencia 24 de junio de 2015, en la que desestima el recurso interpuesto por un hombre separado que solicitaba se declarase nulo el acuerdo prematrimonial que le obligaba a pagar una renta mensual vitalicia al otro cónyuge. La Sala aclara por primera vez, en base al art. 1325 CC, los límites legales y constitucionales de dichos pactos en previsión de crisis matrimoniales.

El desequilibrio económico que determina la pensión compensatoria debe darse en el momento de la separación, no puede depender de sucesos posteriores

Se declara como doctrina jurisprudencial que el desequilibrio que da lugar a la pensión compensatoria debe existir en el momento de la separación o del divorcio y los sucesos posteriores a la misma no pueden dar lugar al nacimiento de una pensión que no se acredita cuando ocurre la crisis matrimonial.

El desequilibrio económico que determina la pensión compensatoria debe darse en el momento de la separación, no puede depender de sucesos posteriores

Se declara como doctrina jurisprudencial que el desequilibrio que da lugar a la pensión compensatoria debe existir en el momento de la separación o del divorcio y los sucesos posteriores a la misma no pueden dar lugar al nacimiento de una pensión que no se acredita cuando ocurre la crisis matrimonial.

El desequilibrio económico que determina la pensión compensatoria debe darse en el momento de la separación, no puede depender de sucesos posteriores

Se declara como doctrina jurisprudencial que el desequilibrio que da lugar a la pensión compensatoria debe existir en el momento de la separación o del divorcio y los sucesos posteriores a la misma no pueden dar lugar al nacimiento de una pensión que no se acredita cuando ocurre la crisis matrimonial.

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