Liquidación de régimen económico matrimonial y mutuo acuerdo: el «aval registral» a los decretos del Letrado de la Administración de Justicia 15 de septiembre de 2020 Artículos doctrinales TRIBUNA Una crisis matrimonial, de la que deriva una liquidación de régimen económico con afectación a bienes registrales, merece encontrar por parte del Derecho y de todos sus operadores jurídicos la certeza suficiente que evite la incertidumbre que supone la legal expectativa no cumplida
El pago de la hipoteca por el esposo durante el matrimonio prueba la existencia de un pacto verbal al respecto que le impide reclamar nada a la esposa 09 de abril de 2019 Jurisprudencia PACTO VERBAL La esposa carecía de ingresos económicos, que sí percibía el esposo, lo que da a entender que en realidad el préstamo se le concedía a él. Los acuerdos alcanzados durante el matrimonio no pueden quedar sin efecto por voluntad de uno solo de los esposos sin aquiescencia del otro.
El Supremo obliga al dueño de una empresa a pagar una pensión compensatoria a su exmujer si la despide 09 de marzo de 2018 Jurisprudencia Pensión compensatoria El Tribunal Supremo ha resuelto el recurso de casación interpuesto por un empresario que se oponía a la pensión compensatoria por divorcio. El Supremo aconfirma la sentencia del tribunal anterior y establece una pensión de 500 euros que se elevaría a 1.900 en caso de que el hombre despidiese a su exmujer, que trabaja en la empresa que él dirige.
Separación o divorcio solicitados de mutuo acuerdo o por uno de los cónyuges con el consentimiento del otro: causas, requisitos e iter procedimental 22 de junio de 2006 Artículos doctrinales Con fecha ocho de enero del 2.001 entró en vigor la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, Ley 1/2000 de 7 de enero (en adelante LEC), en la que se regula dentro del Libro IV dedicado a los procesos especiales, los procesos matrimoniales en el Capitulo IV del título I, del artículo 769 al 778. Con la entrada en escena de dicha Ley se acabo con la dispersión normativa que existía para la tramitación de los procesos sobre las crisis matrimoniales, evitando que el operador jurídico tenga que acudir a tres cuerpos legales, la Ley 30/1.981, la antigua Lec de 1.881 y el Código Civil.
El Colegio de abogados de Madrid presenta un decálogo preventivo sobre rupturas matrimoniales 06 de noviembre de 2015 Noticias Separación y Divorcio El objetivo de este documento es aportar un conjunto de recomendaciones que faciliten el planteamiento y la resolución de las crisis familiares, proponiendo además una serie de medidas de carácter previo, que simplificarían las consecuencias de la crisis para los miembros de la pareja y, sobre todo, para los hijos.
Justiapps selecciona las 10 apps finalistas de su concurso de ideas para mejorar la calidad de la Justicia 16 de julio de 2015 El sector legal Entre otras las ideas finalistas proponen herramientas de gestión del turno de oficio, otra para informar a las personas con discapacidad sobre las leyes vigentes; crowdfunding para acciones colectivas; otra para conocer todas las subastas judiciales que se organizan pudiendo pujar en ellas; otra que permite que los progenitores en situación de crisis matrimonial gestionar el régimen de visitas y vacaciones con sus hijos comunes; otra para fomentar el conocimiento del Derecho aplicable y la jurisdicción asociada al régimen de inmigrantes; otra para permitir a los ciudadanos profundizar en el ejercicio de sus derechos y otra sobre la mediación intrajudicial.
Validez del pacto prematrimonial que establece una renta vitalicia mensual a favor de uno de los cónyuges en caso de separación 15 de julio de 2015 Jurisprudencia Pactos prematrimoniales La Sala Primera del TS ha dictado una sentencia 24 de junio de 2015, en la que desestima el recurso interpuesto por un hombre separado que solicitaba se declarase nulo el acuerdo prematrimonial que le obligaba a pagar una renta mensual vitalicia al otro cónyuge. La Sala aclara por primera vez, en base al art. 1325 CC, los límites legales y constitucionales de dichos pactos en previsión de crisis matrimoniales.
El desequilibrio económico que determina la pensión compensatoria debe darse en el momento de la separación, no puede depender de sucesos posteriores 16 de abril de 2014 Jurisprudencia Pensión compensatoria Se declara como doctrina jurisprudencial que el desequilibrio que da lugar a la pensión compensatoria debe existir en el momento de la separación o del divorcio y los sucesos posteriores a la misma no pueden dar lugar al nacimiento de una pensión que no se acredita cuando ocurre la crisis matrimonial.
El desequilibrio económico que determina la pensión compensatoria debe darse en el momento de la separación, no puede depender de sucesos posteriores 16 de abril de 2014 Jurisprudencia Pensión compensatoria Se declara como doctrina jurisprudencial que el desequilibrio que da lugar a la pensión compensatoria debe existir en el momento de la separación o del divorcio y los sucesos posteriores a la misma no pueden dar lugar al nacimiento de una pensión que no se acredita cuando ocurre la crisis matrimonial.
El desequilibrio económico que determina la pensión compensatoria debe darse en el momento de la separación, no puede depender de sucesos posteriores 16 de abril de 2014 Jurisprudencia Pensión compensatoria Se declara como doctrina jurisprudencial que el desequilibrio que da lugar a la pensión compensatoria debe existir en el momento de la separación o del divorcio y los sucesos posteriores a la misma no pueden dar lugar al nacimiento de una pensión que no se acredita cuando ocurre la crisis matrimonial.